Nuevo estado de excepción, ¿qué cambia y qué se mantiene?
Ana Lucía Freire El Gobierno Nacional anunció el 16 de junio de 2026 la implementación del Decreto Ejecutivo 423 , que introduce nuevas facultades para las fuerzas de seguridad y amplía el territorio de intervención frente a la inseguridad en Ecuador. Más noticias Ecuador declara nuevo estado de excepción por conmoción interna; ¿habrá toque de queda? Daniel Noboa confirma que no extenderá el estado de excepción en Ecuador Ampliación territorial y nuevas medidas La reciente de
Ana Lucía Freire El Gobierno Nacional anunció el 16 de junio de 2026 la implementación del Decreto Ejecutivo 423 , que introduce nuevas facultades para las fuerzas de seguridad y amplía el territorio de intervención frente a la inseguridad en Ecuador. Más noticias Ecuador declara nuevo estado de excepción por conmoción interna; ¿habrá toque de queda? Daniel Noboa confirma que no extenderá el estado de excepción en Ecuador Ampliación territorial y nuevas medidas La reciente declaratoria de estado de excepción , establecida mediante el Decreto Ejecutivo 423 por el presidente de la República, Daniel Noboa, representa un cambio significativo en la estrategia de seguridad del Estado ecuatoriano ante la grave conmoción interna . El anterior Decreto Ejecutivo 370, emitido en mayo de 2026, se centraba en la gestión del orden público mediante la restricción de movilidad (toque de queda) en nueve provincias y cuatro cantones, el nuevo instrumento legal extiende su aplicación territorial al incorporar a la provincia de Azuay . Esta provincia se suma a Guayas , Manabí , Santa Elena , Los Ríos , El Oro , Pichincha , Esmeraldas , Santo Domingo de los Tsáchilas , Sucumbíos y los cantones La Maná , Las Naves y La Troncal , ya no se incluye al cantón Echeandía de la provincia de Bolívar. Lea también: Daniel Noboa decreta nuevo estado de excepción en nueve provincias y cuatro cantones Este cambio responde a informes técnicos y de inteligencia que indican un patrón de movilidad criminal y un incremento de incidentes violentos en las zonas priorizadas. Ver esta publicación en Instagram Una publicación compartida por El Comercio de Ecuador (@elcomerciocom) La ampliación territorial responde a la necesidad de estandarizar las capacidades de respuesta estatal en zonas donde la dinámica delictiva ha mostrado una capacidad de adaptación que exige una presencia integral del Bloque de Seguridad. Enfoque en requisiciones de bienes Si bien la suspensión de derechos como la inviolabilidad de domicilio y de correspondencia ya formaban parte de las herramientas jurídicas del régimen de excepción anterior, el Decreto 423 otorga un énfasis operativo mayor a la figura de las requisiciones de bienes y servicios de origen lícito . Esta facultad, amparada en la Ley de Seguridad Pública y del Estado, se posiciona como una herramienta extraordinaria para que las fuerzas de seguridad dispongan de los recursos necesarios en escenarios de extrema urgencia . A diferencia de instrumentos anteriores, el nuevo decreto subraya con mayor rigor que toda requisición debe estar debidamente motivada y registrada , garantizando procesos de indemnización inmediata y compensación al justo valor una vez que la necesidad operativa haya sido satisfecha, alineándose con las disposiciones legales vigentes. Vigencia y alcance temporal La nueva declaratoria, establecida mediante el Decreto Ejecutivo 423, entró en vigor el 16 de junio de 2026 . Al igual que los instrumentos de seguridad anteriores, este estado de excepción tiene una vigencia de sesenta (60) días calendario , plazo estipulado constitucionalmente para la ejecución de las acciones extraordinarias necesarias para contener la conmoción interna . Esta temporalidad permite al Bloque de Seguridad mantener la continuidad de las operaciones tácticas frente a las estructuras criminales en las zonas focalizadas. Supresión del toque de queda Una diferencia operativa notable entre ambos instrumentos es la gestión de la libertad de tránsito . Mientras que el Decreto 370 contemplaba expresamente la suspensión de este derecho, estableciendo horarios de restricción de movilidad (toque de queda) en las provincias priorizadas; el Decreto 423 no incluye esta medida. El nuevo instrumento legal se enfoca en la presencia territorial y operativos de control sin restringir la movilidad ciudadana en horarios nocturnos, marcando un cambio en la táctica de intervención frente al régimen anterior. No deje de leer: FF.AA. vuelven a ExpoQuevedo: Noboa garantiza su permanencia durante el estado de excepción Continuidad en el control operativo Es fundamental precisar que el Decreto 423 consolida la coordinación operativa entre las instituciones encargadas de la protección interna. Mientras que el Decreto 370 sentó las bases de esta colaboración excepcional, el nuevo instrumento busca optimizar la capacidad de reacción ante los focos de violencia que persisten en las 10 provincias priorizadas . La estrategia del Gobierno se mantiene enfocada en desmantelar las estructuras criminales mediante allanamientos focalizados y control de áreas estratégicas , siempre bajo la supervisión de las autoridades competentes y con el fin de devolver la tranquilidad a la ciudadanía. Informe extra: Estado de excepción Te recomendamos
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